LAS LLANAS DE BURGOS

LAS LLANAS DE BURGOS

 

En nuestras visitas guiadas de Burgos ,  recorremos  el centro histórico de Burgos, junto a la Catedral, te encontrarás con dos plazas cargadas de historia: la Llana de Afuera y la Llana de Adentro. Más que simples espacios urbanos, estas plazas son testigos del comercio, la vida social y la cultura de Burgos desde la Edad Media.

 

En las traseras de la Catedral de Burgos, exactamente de la Capilla de los Condestables de Castilla y la puerta de la Pellejería  se encuentran las plazas de las Llanas por su condición de plana. En el siglo XVI  se celebraban mercado y se llevaba a cabo todas las transacciones de cereal de la ciudad.

 

Llana de Afuera: El corazón comercial frente a la Catedral

 

La Llana de Afuera fue  desde la Edad Media un punto clave de comercio, especialmente de trigo y cereales. Su nombre proviene de llana, que significa terreno plano, ideal para mercados y reuniones.

Durante siglos, los peregrinos que llegaban al Camino de Santiago descansaban en esta plaza y compraban productos para continuar su viaje.

A unos 2 Kms de las Llanas se encuentra el Monasterio de las Huelgas Reales  fundado en 1187 por el rey Alfonso VIII de Castilla conocido como el de las Navas de Tolosa y su mujer Leonor de Plantagenet.

La abadesa del Monasterio de las Huelgas Reales ostento  un inmenso poder civil y eclesiástico, tuvo jurisdicción quasi episcopal. Señora feudal sobre más de 50 pueblos. Entre sus privilegios podía nombrar confesores, autorizar la clausura, gestionaba los bienes y sin olvidar el Privilegio de la Cueza.

El privilegio de la Cueza era un derecho especifico de cobrar una cueza ( un cazo) por cada transacción de mercancía de cereal en el mercado de las Llanas.

En las Llanas también estuvo el Consulado del Mar fundado en 1494 por pragmática real de los Reyes Católicos con el objetivo de regular el comercio marítimo entre Burgos y Flandes.

Los edificios que hay en la actualidad fueron construidos en los siglos XIX y XX. La  Llana de fuera ha sido totalmente remodelada hace unos años.

 

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Llana de Adentro: El encanto de lo íntimo y tradicional

Detrás de la Llana de Afuera se encuentra la Llana de Adentro, un espacio más recogido que conserva la esencia medieval de Burgos. Esta plaza funcionaba también como mercado agrícola y mantiene calles estrechas, soportales y edificaciones que recuerdan su pasado.

Los talleres, zapaterías y pequeños comercios de la plaza formaban parte del entramado económico de la ciudad durante la Edad Media. Aquí se ubicaban estos gremios.

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De mercado medieval a espacio urbano moderno

Hoy, las plazas de las Llanas no solo conservan su valor histórico, sino que se han adaptado a la vida moderna. Son lugares de paseo, ocio y cultura, donde el visitante puede sentir la historia mientras disfruta del entorno urbano. Excavaciones recientes han sacado a la luz restos de talleres, viviendas y palacios, revelando la riqueza social y económica de estas plazas a lo largo de los siglos.

No te pierdas la vista completa de la Catedral de Burgos desde la Llana de Afuera al atardecer; es una de las postales más icónicas de Burgos.

 

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Un legado vivo

La Llana de Afuera y la Llana de Adentro son más que plazas: son puentes entre la Burgos medieval y la contemporánea. Pasear por ellas es recorrer siglos de historia, comercio y cultura, disfrutando de la armonía entre lo antiguo y lo moderno.

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LAS LEYES DE BURGOS DE 1512

LAS LEYES DE BURGOS DE 1512

 

En nuestras visitas guiadas de la ciudad de Burgos, cuando llegamos al Palacio de los Condestables o Casa del Cordón  , recordamos uno de los  acontecimientos más importantes acontecidos en este palacio: la promulgación de las leyes de Burgos de 1512.

QUE SON LAS LEYES DE BURGOS

Las Leyes de Burgos o Reales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios  poseen un valor extraordinario, constituyen el primer cuerpo legislativo de carácter universal que se
otorgó para los pobladores del Continente americano, siendo consideradas como la primera declaración de Derechos Humanos.

Es un conjunto de 35 normas que fueron firmadas en la Casa del Cordón en Burgos el 27 diciembre de 1512 por el rey Fernando el Católico.

En 1512 se reunieron  una Junta de teólogos y juristas en el convento de San Pablo de Burgos, a instancias reales, con el propósito de estudiar  las denuncias que sobre el trato que se infringía a los indígenas.

Son las primeras leyes que se impusieron en América, donde entre otras cosas se suprime la esclavitud y cuyo contenido llama la atención a día de hoy por los derechos que se otorgaban a los indios.

, y siendo las primeras leyes en el mundo que se habla de derechos humanos.

Se comenzaron a implantar en la Isla de la Española para extenderse a las islas de Puerto Rico y Jamaica

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ORIGEN DE LAS LEYES DE BURGOS

Estas leyes surgen porque en años anteriores surgieron voces discrepantes a cuya cabeza tenemos a fray Bartolomé de las Casas o Antonio de Montesinos

Las leyes fueron criticadas por algunos sectores por que hablaban de la explotación, pero olvidan que esas condiciones eran mucho mejor que las que tenía cualquier vasallo de Castilla; también es cierto que algunos en esa época las vieron insuficiente, a la cabeza de estos estuvo fray Pedro de Córdoba; esto hizo que sus protestas fueran atendidas, celebrándose en Valladolid unas nuevas Leyes en las que destacarían el burgalés fray Francisco de Vitoria y Francisco Suarez.

1. Los indios serán trasladados a «encomiendas. Por cada cincuenta indios, se construirán cuatro cabañas (treinta por quince pies). Esta tierra no se les puede quitar ya que fueron arrebatadas de su tierra original. Los indios se encargarán de la siembra de toda la comida. Durante las temporadas adecuadas, los encomenderos (hombres que vigilan a los indios) harán que los indios planten maíz y críen las gallinas.

2. Los indios dejarán voluntariamente su tierra para venir a las «encomiendas» para que no sufran de ser desalojados por la fuerza.

3. El ciudadano a quien se le entregan los indios debe erigir una estructura para ser utilizada como iglesia. En la iglesia debe haber un cuadro de Nuestra Señora y una campana con la que llamar a los indios al tiempo de oración. La persona que los tiene en la ‘encomienda’ debe ir con ellos a la iglesia todas las noches y asegurarse de que se persignan y canten varios himnos. Si un indio no viene a la iglesia, no se le permite descansar al día siguiente.

4. Para asegurarse de que los indios estén aprendiendo el cristianismo correctamente, serán examinados cada dos semanas y el Encomendero les enseñará lo que no saben. Él les enseñará los Diez Mandamientos, los Siete pecados capitales y el Credo. Cualquier «encomendero» que no lo haga correctamente será multado con seis pesos de oro.

5. Se construirá una iglesia equidistante de todas las fincas. Los domingos se celebrará la misa y se comerá una banquete. Si el encomendero no trae a sus indios, se le cobrará diez pesos oro.

6. Si la iglesia está demasiado lejos, se construirá otra.

7. Los sacerdotes que recolectan diezmos de las propiedades deben tener sacerdotes continuamente en las iglesias de las propiedades.

Se construirán iglesias en las minas para que los indígenas que trabajan en las minas puedan oír misa los domingos.

9: Quien tenga cincuenta indios debe elegir un niño que el encomendero crea capaz, para que le enseñen a leer y escribir, y también la importancia del catolicismo. Este niño luego enseñará a los otros indios porque los indios aceptarían más fácilmente lo que dice el niño que lo que dicen los españoles. Si el encomendero tiene cien indios, se elegirán dos muchachos. La fe debe estar arraigada en sus cabezas para que se salven las almas de los indios.

10: Si un indio se enferma cerca de donde hay un sacerdote, el sacerdote debe ir a él y recitar el Credo y otras cosas útiles de la fe católica. El indio se confesará sin que se le cobre una tasa. Si el indio va a morir, será enterrado con una cruz cerca de la iglesia. Si no lo entierran, el encomendero debe una multa de cuatro pesos oro.

11: Los indios no deben ser utilizados como transportistas para transportar cosas a los indios en las minas.

12: Todos los habitantes españoles que tengan indios en una «encomienda» deben bautizar a los bebés dentro de una semana desde su nacimiento.

13: Después de que los indios hayan sido llevados a las propiedades, el oro se buscará de la siguiente manera: los indios en una encomienda deben buscar oro durante cinco meses al año y al final de los cinco meses se les permite descansar durante cuarenta días. Durante los cuarenta días, los indios no deben ser empleados, a menos que sean esclavos y acepten plantar las cosechas. Durante los cuarenta días, los indios recibirán más instrucción en la fe, ya que tienen más tiempo para aprender.

14: Debe permitirse a los indios realizar sus danzas sagradas.

15: Todos los ciudadanos que tienen indios están obligados a alimentarlos con pan, ñame, pimientos y los domingos deben darles platos de carne cocida. Por cada infracción se pagará una multa de dos pesos oro.

16: Según el catolicismo, a los indios no se les permite tener más de una esposa a la vez y no se les permite abandonar a sus esposas.

17: Los hijos de los caciques de las islas menores de trece años serán entregados a los frailes para que se les enseñe a leer, escribir y otras cosas sobre el catolicismo. Cuando los hijos alcancen la edad de diecinueve, deben regresar a la encomienda y enseñar a los demás.

18: Las mujeres embarazadas no deben ser enviadas a las minas ni obligadas a plantar cultivos. Se mantendrán en la finca y se les obligará a realizar tareas domésticas como cocinar y deshierbar. Una vez que nace el niño, puede amamantarlo hasta que tenga tres años. Después de este tiempo, puede regresar a las minas y otras tareas.

19: Los indios no deben dormir en el suelo. Cada encomendero debe proporcionar hamacas a sus indios

20: A los indios se les dará un peso de oro cada año para pagar la ropa.

21: Los indios no pueden cambiar de amos. Un «encomendero» no puede emplear ni albergar a un indio perteneciente a otro «encomendero».

22: A los jefes indios se les permite que dos indios realicen deberes personales por cada cuarenta de sus súbditos. Además, los visitantes de las fincas deben tratar bien a los indios y enseñarles lo que saben del catolicismo.

23: Los inspectores oficiales deben mantener registros de las actividades y también del trato a los indígenas en las «encomiendas». Deben realizar un seguimiento de la población y la cantidad de oro que se extrae.

24: Los indios no deben ser abusados física o verbalmente por ningún motivo.

25: Los indios no deben utilizarse en el comercio privado ni para ningún otro interés económico.

26: Los «encomenderos» que tienen a sus indios trabajando en minas distantes combinarán esfuerzos con otras propiedades para ayudar a proporcionar alimentos a los indios.

27: A los indios de otras tierras también se les debe enseñar las cosas de la fe católica. Deben ser tratados con amabilidad, a menos que sean esclavos.

28: Si muere un encomendero, su sucesor toma el control de los indios.

29: Deben designarse dos inspectores para cada estado.

30: Los inspectores serán elegidos por el almirante, los jueces y los oficiales. Estas personas deberían ser compensadas con indios en encomienda.

31: Las aldeas deben inspeccionarse dos veces al año, una a principios de año y otra en verano.

32: Si hay un indio fugitivo, los inspectores no pueden aprehenderlo. Debe ser entregados a un hombre de buena conciencia que encuentre al encomendero de los indios.

33: Todos los inspectores deben tener una copia de las Leyes de Burgos, firmada por el Gobernador.

34: Los inspectores deben disponer de residencias.

35: Una persona no puede tener más de ciento cincuenta indios y no menos de cuarenta indios en encomienda a la vez.

Se añadieron modificaciones a las Leyes de Burgos el 28 de julio de 1513:

Las mujeres indias casadas con hombres indios no deben ser obligadas a servir con sus maridos en las minas o en cualquier otro lugar a menos que sea por su propia voluntad o que sus maridos deseen tomarlas.

Los niños indios no tienen que hacer el trabajo de los adultos hasta que cumplen los catorce años. Luego se les obliga a realizar las tareas de los niños, como deshierbar o trabajar en las fincas de sus padres.

Las mujeres indias solteras que están bajo la autoridad de sus padres tienen que trabajar con ellas en sus tierras. Aquellos que no están bajo la autoridad de sus padres deben mantenerse separados para que no se conviertan en vagabundos.

Después de dos años de servicio, los indios pueden irse. Para entonces serán cristianos civilizados y adecuados, capaces de gobernarse a sí mismos.

Los indios son hombres libres y legítimos dueños de sus casas y haciendas

– Los indios no deben ser utilizados como transportistas para transportar cosas a los indios de las minas

– Las mujeres embarazadas no deben ser enviadas a las minas ni a plantar cultivos, una vez que nace el niño puede amamantarlo hasta los 3 años

El primer reconocimiento a la dignidad y libertad de los hombres

Hasta la puesta en vigor de las Leyes, los reyes de “España” era “señores con plena y libre y omnímoda potestad” debido a la bula Inter caetera de 1493 que publica el papa de origen español Alejandro VI, fija un meridiano al oeste del cual todas las tierras halladas y por hallar pertenecen a los reyes de “España”, y fue muy favorable para la monarquía Española ya que la anterior bula decía que sólo las tierras que fueran descubiertas por los castellanos serian de ellos, aunque más tarde una parte del territorio paso a la posesión de Portugal.

En 1495 se pensó permitir la venta de indígenas como esclavos pero tal medida solo duro unos pocos días ya que el 16 abril 1495 la reina Isabel zanjo definitivamente la esclavitud, ordenando a un obispo muy conocido en Burgos Juan Rodríguez de Fonseca que paralizase toda venta de esclavos. Dejo en su testamento “no consientan ni den lugar que los indios reciban agravio alguno en sus personas y sus bienes, mas manden que sean bien y justamente tratados”

Fue un hecho insólito en el mundo porque es el primer reconocimiento a la dignidad y libertad de los hombres, por muy incultos y salvajes que sean.

Hay que tener en cuenta que el descubrimiento de estas tierras no tenía precedente y por tanto se tuvo que hacer una legislación totalmente novedosa, de ahí la importancia de las leyes de Burgos,

Tenemos que tener en cuenta que según la  tradición era licito en Castilla hacer esclavos a los enemigos en las guerras contra los moros y más tarde contra los reyes paganos de África o Canarias , si se determinaba que era guerra justa para ponerlos a trabajar o intercambio de prisioneros.

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CAPILLA DE LOS CONDESTABLES DE LA CATEDRAL DE BURGOS

CAPILLA DE LOS CONDESTABLES DE LA CATEDRAL DE BURGOS

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Una de las grandes obras de la Catedral de Burgos es la magnífica capilla de los Condestables, lugar de enterramiento de Don Pedro Fernández de Velasco (†1492), y de su mujer, doña Mencía de Mendoza Y Figueroa.

Doña Mencía de Mendoza Y Figueroa deseaba construir un espacio de enterramiento para ella, su marido y sus descendientes. Garantizar la salvación de su alma, pero también  establecer su posición social e importancia individual.

Doña  Mencía era hija del marqués de Santillana y recibió  una esmerada educación, lo que la convertía en una de las mujeres más cultas y con una gran sensibilidad hacia el arte y la cultura de su época.

 

HISTORIA

Don Pedro Fernández de Velasco estaba la mayoría de su tiempo en la guerra así que decidió otorgar poder notarial a Doña Mencía en el que le concedía plenos poderes para disponer de los bienes familiares y para tomar cualquier decisión en nombre de su marido. Fue nombrado Condestable de Castilla en 1473 por el rey Enrique IV , falleció poco después de la toma de Granada.

Mediante su matrimonio se unieron dos de las familias más ricas y poderosas de Castilla medieval, los Velasco y los Mendoza.

Doña Mencía no solo ordenó construir la capilla funeraria en la Catedral de Burgos sino también un palacio: la Casa del Cordón y una casa a la afueras de la ciudad: Casa la Vega. Cuenta la leyenda que al regreso del Condestable de la conquista de Granada le dijo: “ ya tienes palacio en que morar, quinta en que holgar y capilla en que orar y te enterrar”.

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ORIGEN DE LA CAPILLA

En 1482, el cabildo de la catedral le cedió uno de los espacios más prestigiosos: la antigua capilla de san Pedro y una serie de casas colindantes. Doña Mencía inició las obras de la capilla funeraria en la catedral de Burgos que venía a sustituir al panteón familiar de los Velasco, en el monasterio de Santa Clara (Medina de Pomar). Hubo un enfrentamiento directo con las leyes familiares de los Velasco, ya que Don Pedro Fernández de Velasco, en el momento de heredar el mayorazgo de su padre, juró enterrarse en Medina de Pomar.

El Condestable muere en 1492, las obras estaban sin terminar así que fue enterrado de forma provisional en el coro de la catedral mientras se terminaba la capilla

El hijo de los Condestables Don Bernardino no estaba de acuerdo por las cantidades de dinero que costaba la construcción y alegaba que iba en contra de las tradiciones de los Velasco. Bernardino era el heredero del Condestable por lo que Doña Mencía perdió el control sobre las finanzas de la familia.

 

ARQUITECTURA  

Doña Mencía contó con uno de los arquitectos más prestigiosos del momento: Simón de Colonia, maestro de la Catedral de Burgos. Construyó aquí uno de los espacios más monumentales del tardo gótico hispano . 

Los muros de la capilla de los Condestables se estructuran en tres cuerpos. El conjunto se cubre mediante una bóveda estrellada cuya parte central esta calada y deja pasar la luz natural. . Hay soles tallados en las trompas de la bóveda y en la clave, donde aparece un relieve de la Presentación en el Templo rodeado por un sol.  Las ventanas decoradas con magníficas vidrieras encargadas al maestro Arnao de Flandes. Parte de las vidrieras originales han perdurado a lo largo de los siglos hasta hoy.

El primer cuerpo inferior destaca por  la gran decoración heráldica tallada en piedra.  Dos enormes escudos en los muros de la cabecera, uno con las armas de los Velasco y el otro con las de Mencía de Mendoza, se sitúan  con la posición de los sepulcros y marcan  dos espacios de memoria, uno masculino al norte y otro femenino al sur.

Sobre el primer cuerpo  se sitúan  las tribunas, un pasillo que permitía recorrer todo el perímetro de la capilla en alto.

Repetidamente encontramos el símbolo del sol con el anagrama de Cristo (IHS) era el símbolo de san Bernardino de Siena, santo de la reforma franciscana del que los Condestables eran muy devotos. Y vemos representada repetidamente también la cruz de Jerusalén.

 

ESCULTURA

Tres magníficos retablos el central dedicado a la Presentación de Jesús en el Templo, en el lado norte dedicado  a San Pedro patrono del titular  y  en el lado sur a Santa Ana Triple, una exhibición del linaje femenino de Cristo.

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El retablo  de Santa Ana Triple está formado por numerosas esculturas de santas mujeres que tienen libros abiertos en las manos. Es el más antiguo de los tres que hay en la Capilla.

Fue realizado en su mayor parte por Gil de Siloé y terminado por su hijo Diego de Siloé. Los otros dos, el central y el del nicho norte, fueron realizados por Bigarny y Diego de Siloé en el siglo XVI.

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OTRAS OBRAS

En 1523 se instaló una magnífica reja, obra de Cristóbal de Andino, que limitaba el acceso desde la Catedral.

Las obras de la sacristía, pináculos, cerramientos, coro, retablo, órgano  y los bultos yacentes se realizaron durante el primer tercio del siglo XVI, mucho después de la muerte de Doña  Mencía de Mendoza.

En el centro  de la capilla destaca el monumento funerario de los Condestables de Castilla.

Los bultos de los Condestables realizados en mármol de Carrara hacia 1500 atribuido a Felipe Bigarny, idealizados y representados con coronas condales.

Descansan sobre una cama de jaspe. A su lado  hay un bloque de la misma piedra rojiza con la inscripción de pesa 956 arrobas lo que equivale a 11 toneladas.

En 1552, Don Pedro Fernández de Velasco, nieto del fundador de la capilla y IV Condestable quiso realizar una tumba similar a la de sus abuelos por el  escultor Alonso de Berruguete.  Este falleció y no concluyo la obra. Está enterrado en el panteón de los Velasco, el Monasterio de Santa Cara de Medina de Pomar. Este municipio se sitúa en las Merindades de Burgos 

Tenemos que mencionar que Don Pedro donó a la capilla la enigmática  pintura de María Magdalena de Giampetrino.

 

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Dentro de los objetos litúrgicos de orfebrería. Destacamos la impresionante naveta atribuida a Juan de Valladolid, artista que también trabajó para la reina Isabel.  El portapaz con una figura de María con el Niño en azabache y marfil, proveniente de los talleres parisinos de 1390 .El magnifico cáliz y la patena en oro con piedras preciosas que data de 1487.

Otras obras de especial relevancia se hallan en esta capilla , os lo contamos en nuestras visitas guiadas a la Catedral de Burgos.

 

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