El Himno a Burgos es uno de los símbolos musicales más representativos dela ciudad de Burgos y una de las expresiones más sentidas de su identidad colectiva. Desde su creación en el primer tercio del siglo XX, esta composición ha acompañado a generaciones de burgaleses en sus celebraciones más importantes, convirtiéndose en un canto de orgullo, pertenencia y memoria histórica.
Contexto histórico de su creación
A comienzos del siglo XX, Burgos vivía un periodo de reafirmación de su identidad histórica y cultural. En este contexto, era frecuente que las ciudades españolas promovieran símbolos propios —como himnos o marchas— que reforzaran el sentimiento cívico y la cohesión social. Fue en este ambiente cuando surgió la iniciativa de crear un himno dedicado a la ciudad.
El Himno fue compuesto en 1926, con música del maestro Rafael Calleja Gómez y letra de Marciano Zurita. Ambos autores supieron unir tradición musical y exaltación histórica para crear una obra solemne, accesible y profundamente emotiva. Por eso este año cumple el centenario.
Los autores del himno
Rafael Calleja Gómez fue un músico y compositor de gran prestigio, muy vinculado a la vida cultural burgalesa. Su formación y experiencia le permitieron crear una melodía de carácter solemne y coral, pensada para ser interpretada por grandes agrupaciones y por el pueblo en conjunto. La música del himno destaca por su tono firme y majestuoso, acorde con la imagen histórica de Burgos como ciudad castellana.
La letra fue obra de Marciano Zurita, quien plasmó en sus versos el amor a la ciudad, el respeto por su historia y la admiración por su fortaleza y su legado. El texto evoca valores como la nobleza, el trabajo, la fe y la unión, elementos tradicionalmente asociados a la identidad burgalesa.
Estreno y difusión
El himno a Burgos fue interpretado por primera vez en 1926 en un acto público, siendo recibido con entusiasmo por la ciudadanía. Desde entonces, su difusión fue progresiva, especialmente a través de bandas de música, coros y actos oficiales. Con el paso de los años, la obra fue consolidándose como el canto representativo de la ciudad, interpretado en momentos solemnes y festivos.
El himno como símbolo de la ciudad
Con el tiempo, el Himno a Burgostrascendió su condición de simple composición musical para convertirse en un símbolo identitario. Su interpretación se volvió habitual en las Fiestas Mayores de San Pedro y San Pablo, así como en celebraciones institucionales, homenajes y actos culturales relevantes.
Uno de los momentos más emblemáticos tiene lugar cada año cuando miles de burgaleses lo cantan de forma colectiva en el centro histórico de la ciudad, generando una escena de fuerte carga emocional y sentido comunitario. En ese instante, el himno actúa como un vínculo entre pasado y presente, uniendo a generaciones distintas bajo un mismo sentimiento.
Conservación y legado
La partitura original del himno fue conservada por la familia del compositor y posteriormente donada al Ayuntamiento de Burgos, donde pasó a formar parte del patrimonio documental municipal. Su preservación refleja la importancia que la ciudad otorga a esta obra como parte de su legado cultural. Actuamente esta en el Palació de Castilfalé , Archivo municipal de Burgos.
A lo largo de casi un siglo, el Himno a Burgosha mantenido intacta su vigencia. Su música y su letra siguen emocionando tanto a quienes han nacido en la ciudad como a quienes la han hecho suya con el paso del tiempo.
Conclusión
ElHimno a Burgos no es solo una composición musical, sino una expresión profunda del alma de la ciudad. A través de sus notas y sus versos, Burgos rinde homenaje a su historia, a su carácter y a su gente. Su permanencia a lo largo del tiempo demuestra la fuerza de los símbolos compartidos y su capacidad para reforzar la identidad colectiva de una comunidad orgullosa de su pasado y comprometida con su futuro.
Cantemos unidos la insigne grandeza
de nuestra Castilla, de nuestro solar,
sus piedras sagradas que son fortaleza
y escuela y alcázar y trono y altar.
Cantemos a Burgos, tesoro bendito
que España venera con honda emoción,
robusto poema tallado en granito
cual timbre glorioso de nuestro blasón.
Aprendamos todos juntos, a cantar a nuestra tierra,
a leer en su pasado, y a labrar su porvenir,
a ofrendarle los cariños, que ardorosa el alma encierra
y a dejar bien cimentado, su potente resurgir (bis estrofa)
Tierra sagrada donde yo nací,
suelo bendito donde moriré,
yo te prometo consagrarme a ti
y dedicarte mis cariños
mis cariños más fervientes,
mis cariños y mi fe (bis verso, bis estrofa)
¡Salve, tierra sagrada de mis amores!
¡Salve, cuna adorada de mis mayores!
¡Salve! ¡Salve! ¡Salve!
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en frente de la Catedral de Burgos existió una importante imprenta de Fadrique de Basilea.
FADRIQUE DE BASILEA, también conocido como Fadrique Alemán (1484-1517), fue el más renombrado impresor en la ciudad de Burgos del siglo XV. No se sabe a ciencia cierta cuál era su verdadero nombre. Es muy posible que este impresor fuera Fiedrich Biel, quien ya imprimía en la ciudad suiza de Basilea hacia 1472.
Fadrique de Basilea ejerció como impresor en Burgos durante 30 años, siendo su época más fructífera entre 1485 y 1500, periodo en el que imprimió 75 libros. En total, este impresor editó en Burgos 91 libros. Trabajó hasta 1517.
Se instaló en esas casas, conocidas como «La emplenta», cerca de la iglesia de San Nicolás y de la Catedral de Burgos ,hoy una placa recuerda la existencia de aquella importante imprenta burgalesa.
SU VIDA y FAMILIA
Se sabe que el impresor se casó con la burgalesa Isabel de la Fuente, de cuya unión nació una hija, Isabel de Basilea, quien acabaría convirtiéndose en uno de los personajes femeninos más interesantes en la historia de la imprenta castellana.
Su hija Isabel casó dos veces con Alonso de Melgar, continuando ambos la labor del padre. Alonso fallece en 1525, la triste viuda no retrocede un ápice en sus derechos a seguir con la imprenta. Ese mismo año entra en su vida Juan de Junta, miembro de la famosa dinastía de impresores florentinos. En 1526 Isabel se casó con Juan de Junta, quien desde ese momento dirigió el taller burgalés de su mujer. Falleció en Salamanca en 1575.
Isabel de Basilea es la primera mujer que según los colofones que se conservan, se dedica al arte tipográfico en España. Heredera de su padre, obtiene no solo dinero sino los medios necesarios para continuar la labor de este.
SU OBRA
En 1482, recibió un encargo del Cabildo de la catedral para imprimir dos mil ejemplares de una hoja suelta, posiblemente de indulgencias. No existen ejemplares de esa hoja; sí hay, de otra impresión un poco posterior: una Gramática de Andrés Gutiérrez Cerezo, de la que se tiraron 400 ejemplares.
LA CELESTINA
Se sabe que Fadrique de Basilea imprimió en Burgos, la primera edición en el año de 1499, La Celestina, cuya autoría sigue en serias dudas a pesar aunque se atribuye a Fernando de Rojas. Sólo se conoce un ejemplar, dicho original se conserva y pertenece a la Hispanic Society of American Nueva Yorksiendo un regalo de J. Pierpont Morgan.
«Fue impresa en la muy noble y muy leal ciudad de Burgos por Fadrique de Basilea Alemán a quince días del mes de octubre anno del nascimiento de nuestro salvador ihesuchristo de millquatrocientos e noventa annos…».
También imprimió «Cárcel de amor» de Diego de San Pedro o la Gramática de la lengua castellana de Antonio de Nebrija, Glosa a las Coplas de Mingo Revulgo de Fernando del Pulgar, De las alabanzas de España de Lucio Marineo, Muestra de las antigüedades de, una edición de las Fábulas de Esopo y una edición de las Bucólicas de Virgilio, obras clásicas de gran importancia para la época renacentista que estaba ya en puertas.
Entre los libros curiosos destacaríamos: Leche de la fe en favor del Príncipe cristiano D. Luis Maluenda, que figura en el índice de libros prohibidos; Arte del Canto llano y Contrapunto y Canto de Órgano de Martínez de Bizcargy.
En 1515 publicó primera la traducción al castellano del «Infierno» de la Divina Comedia de Dante de lengua toscana en verso castellano traducido por Pedro Fernández de Villegas que se encuentra su sepulcro en el interior
ESTILO DE FADRIQUE DE BASILEA
El estilo de este impresor es inconfundible y destacable: utiliza distintos tipos: gótica, romana, redonda, y sus letras capitales y grabados son realmente sobresalientes. Como características originales cabe destacar la erre perruña (erre doble) y un calderón.
Son también de interés el estudio de los colofones que aparecen en sus obras, ya que proporcionan valiosos datos sobre la vida del momento y muestran un destacado interés por destacar la importancia de su ciudad de residencia, Burgos, como Cabeza de Castilla.
Como parte del colofón comenzó a utilizar un curioso grabado en el que en un rectángulo con marco floreado, y flanqueado por columnas que representan escenas de la vida de Jesucristo, se muestra un león empinado que sostiene bajo las patas derechas un escudo en el que se ve una cruz con las iniciales F y B.
En el Paseo del Espolon os contaremos la historia del Burgos amurallado donde realizaremos varias paradas para mostraros donde se encontraba la Puerta de Carretas. Nos referimos a los arcos que conectan la Plaza Mayor con el Paseo del Espolón donde se encuentra la Casa Consistorial.
En este lugar se encontraba una de las doce puertas de la muralla erigida en Burgos en el S.XIII, en tiempos del rey Alfonso X, el Sabio. Fue derribada en el año 1774.
La fachada exterior de la puerta de Carretas daba al río Arlanzón , no existía el Paseo del Espolón. La otra cara de la puerta al Mercado Menor o Plaza Real, actualmente la Plaza Mayor. Su nombre viene de los carros y carretas que entraban y salían por esta puerta amurallada.
A lo largo de la historia, Burgos ha sufrido violentas inundaciones y crecidas de los ríos. Una de ellas en el año en 1527 provoco que una buena parte de la Puerta de Carretas se viniera abajo.
Foto del Archivo Municipal de Burgos. Colección Galafel
Años más tarde en 1583 se edificó sobre la arcada un mirador destinado a los miembros del Regimiento y sus invitados para poder presenciar con comodidad los festejos que se celebraban en la Plaza, sobre todo, las corridas de toros. De hecho este mirador tuyo el nombre de “corredor de los toros”.
El coste de estas obras se sufragó con la “sisa” que se obtenía del vino que entraba en la ciudad. La obra fue llevada a cabo por Lope García de Arredondo.
A finales del siglo XVIII los lienzos de la muralla aledaños a la Puerta de Carretas fueron derribadas. Se construye la actual Casa Consistorial sobre la puerta de Carretas.
Un edificio de estilo neoclásico diseñado por Fernando González de Lara . Inaugurado el 17 de julio de 1791.
MARCAS INUNDACIONES BURGOS
Hoy en día en sus pilares podemos ver las marcas de las inundaciones de Burgos de 1874 y 1930.
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Las Leyes de Burgos o Reales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios poseen un valor extraordinario, constituyen el primer cuerpo legislativo de carácter universal que se
otorgó para los pobladores del Continente americano, siendo consideradas como la primera declaración de Derechos Humanos.
Es un conjunto de 35 normas que fueron firmadas en la Casa del Cordón en Burgos el 27 diciembre de 1512 por el rey Fernando el Católico.
En 1512 se reunieron una Junta de teólogos y juristas en el convento de San Pablo de Burgos, a instancias reales, con el propósito de estudiar las denuncias que sobre el trato que se infringía a los indígenas.
Son las primeras leyes que se impusieron en América, donde entre otras cosas se suprime la esclavitud y cuyo contenido llama la atención a día de hoy por los derechos que se otorgaban a los indios.
, y siendo las primeras leyes en el mundo que se habla de derechos humanos.
Se comenzaron a implantar en la Isla de la Española para extenderse a las islas de Puerto Rico y Jamaica
ORIGEN DE LAS LEYES DE BURGOS
Estas leyes surgen porque en años anteriores surgieron voces discrepantes a cuya cabeza tenemos a fray Bartolomé de las Casas o Antonio de Montesinos
Las leyes fueron criticadas por algunos sectores por que hablaban de la explotación, pero olvidan que esas condiciones eran mucho mejor que las que tenía cualquier vasallo de Castilla; también es cierto que algunos en esa época las vieron insuficiente, a la cabeza de estos estuvo fray Pedro de Córdoba; esto hizo que sus protestas fueran atendidas, celebrándose en Valladolid unas nuevas Leyes en las que destacarían el burgalés fray Francisco de Vitoria y Francisco Suarez.
1. Los indios serán trasladados a «encomiendas. Por cada cincuenta indios, se construirán cuatro cabañas (treinta por quince pies). Esta tierra no se les puede quitar ya que fueron arrebatadas de su tierra original. Los indios se encargarán de la siembra de toda la comida. Durante las temporadas adecuadas, los encomenderos (hombres que vigilan a los indios) harán que los indios planten maíz y críen las gallinas.
2. Los indios dejarán voluntariamente su tierra para venir a las «encomiendas» para que no sufran de ser desalojados por la fuerza.
3. El ciudadano a quien se le entregan los indios debe erigir una estructura para ser utilizada como iglesia. En la iglesia debe haber un cuadro de Nuestra Señora y una campana con la que llamar a los indios al tiempo de oración. La persona que los tiene en la ‘encomienda’ debe ir con ellos a la iglesia todas las noches y asegurarse de que se persignan y canten varios himnos. Si un indio no viene a la iglesia, no se le permite descansar al día siguiente.
4. Para asegurarse de que los indios estén aprendiendo el cristianismo correctamente, serán examinados cada dos semanas y el Encomendero les enseñará lo que no saben. Él les enseñará los Diez Mandamientos, los Siete pecados capitales y el Credo. Cualquier «encomendero» que no lo haga correctamente será multado con seis pesos de oro.
5. Se construirá una iglesia equidistante de todas las fincas. Los domingos se celebrará la misa y se comerá una banquete. Si el encomendero no trae a sus indios, se le cobrará diez pesos oro.
6. Si la iglesia está demasiado lejos, se construirá otra.
7. Los sacerdotes que recolectan diezmos de las propiedades deben tener sacerdotes continuamente en las iglesias de las propiedades.
Se construirán iglesias en las minas para que los indígenas que trabajan en las minas puedan oír misa los domingos.
9: Quien tenga cincuenta indios debe elegir un niño que el encomendero crea capaz, para que le enseñen a leer y escribir, y también la importancia del catolicismo. Este niño luego enseñará a los otros indios porque los indios aceptarían más fácilmente lo que dice el niño que lo que dicen los españoles. Si el encomendero tiene cien indios, se elegirán dos muchachos. La fe debe estar arraigada en sus cabezas para que se salven las almas de los indios.
10: Si un indio se enferma cerca de donde hay un sacerdote, el sacerdote debe ir a él y recitar el Credo y otras cosas útiles de la fe católica. El indio se confesará sin que se le cobre una tasa. Si el indio va a morir, será enterrado con una cruz cerca de la iglesia. Si no lo entierran, el encomendero debe una multa de cuatro pesos oro.
11: Los indios no deben ser utilizados como transportistas para transportar cosas a los indios en las minas.
12: Todos los habitantes españoles que tengan indios en una «encomienda» deben bautizar a los bebés dentro de una semana desde su nacimiento.
13: Después de que los indios hayan sido llevados a las propiedades, el oro se buscará de la siguiente manera: los indios en una encomienda deben buscar oro durante cinco meses al año y al final de los cinco meses se les permite descansar durante cuarenta días. Durante los cuarenta días, los indios no deben ser empleados, a menos que sean esclavos y acepten plantar las cosechas. Durante los cuarenta días, los indios recibirán más instrucción en la fe, ya que tienen más tiempo para aprender.
14: Debe permitirse a los indios realizar sus danzas sagradas.
15: Todos los ciudadanos que tienen indios están obligados a alimentarlos con pan, ñame, pimientos y los domingos deben darles platos de carne cocida. Por cada infracción se pagará una multa de dos pesos oro.
16: Según el catolicismo, a los indios no se les permite tener más de una esposa a la vez y no se les permite abandonar a sus esposas.
17: Los hijos de los caciques de las islas menores de trece años serán entregados a los frailes para que se les enseñe a leer, escribir y otras cosas sobre el catolicismo. Cuando los hijos alcancen la edad de diecinueve, deben regresar a la encomienda y enseñar a los demás.
18: Las mujeres embarazadas no deben ser enviadas a las minas ni obligadas a plantar cultivos. Se mantendrán en la finca y se les obligará a realizar tareas domésticas como cocinar y deshierbar. Una vez que nace el niño, puede amamantarlo hasta que tenga tres años. Después de este tiempo, puede regresar a las minas y otras tareas.
19: Los indios no deben dormir en el suelo. Cada encomendero debe proporcionar hamacas a sus indios
20: A los indios se les dará un peso de oro cada año para pagar la ropa.
21: Los indios no pueden cambiar de amos. Un «encomendero» no puede emplear ni albergar a un indio perteneciente a otro «encomendero».
22: A los jefes indios se les permite que dos indios realicen deberes personales por cada cuarenta de sus súbditos. Además, los visitantes de las fincas deben tratar bien a los indios y enseñarles lo que saben del catolicismo.
23: Los inspectores oficiales deben mantener registros de las actividades y también del trato a los indígenas en las «encomiendas». Deben realizar un seguimiento de la población y la cantidad de oro que se extrae.
24: Los indios no deben ser abusados física o verbalmente por ningún motivo.
25: Los indios no deben utilizarse en el comercio privado ni para ningún otro interés económico.
26: Los «encomenderos» que tienen a sus indios trabajando en minas distantes combinarán esfuerzos con otras propiedades para ayudar a proporcionar alimentos a los indios.
27: A los indios de otras tierras también se les debe enseñar las cosas de la fe católica. Deben ser tratados con amabilidad, a menos que sean esclavos.
28: Si muere un encomendero, su sucesor toma el control de los indios.
29: Deben designarse dos inspectores para cada estado.
30: Los inspectores serán elegidos por el almirante, los jueces y los oficiales. Estas personas deberían ser compensadas con indios en encomienda.
31: Las aldeas deben inspeccionarse dos veces al año, una a principios de año y otra en verano.
32: Si hay un indio fugitivo, los inspectores no pueden aprehenderlo. Debe ser entregados a un hombre de buena conciencia que encuentre al encomendero de los indios.
33: Todos los inspectores deben tener una copia de las Leyes de Burgos, firmada por el Gobernador.
34: Los inspectores deben disponer de residencias.
35: Una persona no puede tener más de ciento cincuenta indios y no menos de cuarenta indios en encomienda a la vez.
Se añadieron modificaciones a las Leyes de Burgos el 28 de julio de 1513:
Las mujeres indias casadas con hombres indios no deben ser obligadas a servir con sus maridos en las minas o en cualquier otro lugar a menos que sea por su propia voluntad o que sus maridos deseen tomarlas.
Los niños indios no tienen que hacer el trabajo de los adultos hasta que cumplen los catorce años. Luego se les obliga a realizar las tareas de los niños, como deshierbar o trabajar en las fincas de sus padres.
Las mujeres indias solteras que están bajo la autoridad de sus padres tienen que trabajar con ellas en sus tierras. Aquellos que no están bajo la autoridad de sus padres deben mantenerse separados para que no se conviertan en vagabundos.
Después de dos años de servicio, los indios pueden irse. Para entonces serán cristianos civilizados y adecuados, capaces de gobernarse a sí mismos.
–Los indios son hombres libres y legítimos dueños de sus casas y haciendas
– Los indios no deben ser utilizados como transportistas para transportar cosas a los indios de las minas
– Las mujeres embarazadas no deben ser enviadas a las minas ni a plantar cultivos, una vez que nace el niño puede amamantarlo hasta los 3 años
El primer reconocimiento a la dignidad y libertad de los hombres
Hasta la puesta en vigor de las Leyes, los reyes de “España” era “señores con plena y libre y omnímoda potestad” debido a la bula Inter caetera de 1493 que publica el papa de origen español Alejandro VI, fija un meridiano al oeste del cual todas las tierras halladas y por hallar pertenecen a los reyes de “España”, y fue muy favorable para la monarquía Española ya que la anterior bula decía que sólo las tierras que fueran descubiertas por los castellanos serian de ellos, aunque más tarde una parte del territorio paso a la posesión de Portugal.
En 1495 se pensó permitir la venta de indígenas como esclavos pero tal medida solo duro unos pocos días ya que el 16 abril 1495 la reina Isabel zanjo definitivamente la esclavitud, ordenando a un obispo muy conocido en Burgos Juan Rodríguez de Fonseca que paralizase toda venta de esclavos. Dejo en su testamento “no consientan ni den lugar que los indios reciban agravio alguno en sus personas y sus bienes, mas manden que sean bien y justamente tratados”
Fue un hecho insólito en el mundo porque es el primer reconocimiento a la dignidad y libertad de los hombres, por muy incultos y salvajes que sean.
Hay que tener en cuenta que el descubrimiento de estas tierras no tenía precedente y por tanto se tuvo que hacer una legislación totalmente novedosa, de ahí la importancia de las leyes de Burgos,
Tenemos que tener en cuenta que según la tradición era licito en Castilla hacer esclavos a los enemigos en las guerras contra los moros y más tarde contra los reyes paganos de África o Canarias , si se determinaba que era guerra justa para ponerlos a trabajar o intercambio de prisioneros.
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