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Las Leyes de Burgos o Reales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios poseen un valor extraordinario, constituyen el primer cuerpo legislativo de carácter universal que se
otorgó para los pobladores del Continente americano, siendo consideradas como la primera declaración de Derechos Humanos.
Es un conjunto de 35 normas que fueron firmadas en la Casa del Cordón en Burgos el 27 diciembre de 1512 por el rey Fernando el Católico.
En 1512 se reunieron una Junta de teólogos y juristas en el convento de San Pablo de Burgos, a instancias reales, con el propósito de estudiar las denuncias que sobre el trato que se infringía a los indígenas.
Son las primeras leyes que se impusieron en América, donde entre otras cosas se suprime la esclavitud y cuyo contenido llama la atención a día de hoy por los derechos que se otorgaban a los indios.
, y siendo las primeras leyes en el mundo que se habla de derechos humanos.
Se comenzaron a implantar en la Isla de la Española para extenderse a las islas de Puerto Rico y Jamaica
ORIGEN DE LAS LEYES DE BURGOS
Estas leyes surgen porque en años anteriores surgieron voces discrepantes a cuya cabeza tenemos a fray Bartolomé de las Casas o Antonio de Montesinos
Las leyes fueron criticadas por algunos sectores por que hablaban de la explotación, pero olvidan que esas condiciones eran mucho mejor que las que tenía cualquier vasallo de Castilla; también es cierto que algunos en esa época las vieron insuficiente, a la cabeza de estos estuvo fray Pedro de Córdoba; esto hizo que sus protestas fueran atendidas, celebrándose en Valladolid unas nuevas Leyes en las que destacarían el burgalés fray Francisco de Vitoria y Francisco Suarez.
1. Los indios serán trasladados a «encomiendas. Por cada cincuenta indios, se construirán cuatro cabañas (treinta por quince pies). Esta tierra no se les puede quitar ya que fueron arrebatadas de su tierra original. Los indios se encargarán de la siembra de toda la comida. Durante las temporadas adecuadas, los encomenderos (hombres que vigilan a los indios) harán que los indios planten maíz y críen las gallinas.
2. Los indios dejarán voluntariamente su tierra para venir a las «encomiendas» para que no sufran de ser desalojados por la fuerza.
3. El ciudadano a quien se le entregan los indios debe erigir una estructura para ser utilizada como iglesia. En la iglesia debe haber un cuadro de Nuestra Señora y una campana con la que llamar a los indios al tiempo de oración. La persona que los tiene en la ‘encomienda’ debe ir con ellos a la iglesia todas las noches y asegurarse de que se persignan y canten varios himnos. Si un indio no viene a la iglesia, no se le permite descansar al día siguiente.
4. Para asegurarse de que los indios estén aprendiendo el cristianismo correctamente, serán examinados cada dos semanas y el Encomendero les enseñará lo que no saben. Él les enseñará los Diez Mandamientos, los Siete pecados capitales y el Credo. Cualquier «encomendero» que no lo haga correctamente será multado con seis pesos de oro.
5. Se construirá una iglesia equidistante de todas las fincas. Los domingos se celebrará la misa y se comerá una banquete. Si el encomendero no trae a sus indios, se le cobrará diez pesos oro.
6. Si la iglesia está demasiado lejos, se construirá otra.
7. Los sacerdotes que recolectan diezmos de las propiedades deben tener sacerdotes continuamente en las iglesias de las propiedades.
Se construirán iglesias en las minas para que los indígenas que trabajan en las minas puedan oír misa los domingos.
9: Quien tenga cincuenta indios debe elegir un niño que el encomendero crea capaz, para que le enseñen a leer y escribir, y también la importancia del catolicismo. Este niño luego enseñará a los otros indios porque los indios aceptarían más fácilmente lo que dice el niño que lo que dicen los españoles. Si el encomendero tiene cien indios, se elegirán dos muchachos. La fe debe estar arraigada en sus cabezas para que se salven las almas de los indios.
10: Si un indio se enferma cerca de donde hay un sacerdote, el sacerdote debe ir a él y recitar el Credo y otras cosas útiles de la fe católica. El indio se confesará sin que se le cobre una tasa. Si el indio va a morir, será enterrado con una cruz cerca de la iglesia. Si no lo entierran, el encomendero debe una multa de cuatro pesos oro.
11: Los indios no deben ser utilizados como transportistas para transportar cosas a los indios en las minas.
12: Todos los habitantes españoles que tengan indios en una «encomienda» deben bautizar a los bebés dentro de una semana desde su nacimiento.
13: Después de que los indios hayan sido llevados a las propiedades, el oro se buscará de la siguiente manera: los indios en una encomienda deben buscar oro durante cinco meses al año y al final de los cinco meses se les permite descansar durante cuarenta días. Durante los cuarenta días, los indios no deben ser empleados, a menos que sean esclavos y acepten plantar las cosechas. Durante los cuarenta días, los indios recibirán más instrucción en la fe, ya que tienen más tiempo para aprender.
14: Debe permitirse a los indios realizar sus danzas sagradas.
15: Todos los ciudadanos que tienen indios están obligados a alimentarlos con pan, ñame, pimientos y los domingos deben darles platos de carne cocida. Por cada infracción se pagará una multa de dos pesos oro.
16: Según el catolicismo, a los indios no se les permite tener más de una esposa a la vez y no se les permite abandonar a sus esposas.
17: Los hijos de los caciques de las islas menores de trece años serán entregados a los frailes para que se les enseñe a leer, escribir y otras cosas sobre el catolicismo. Cuando los hijos alcancen la edad de diecinueve, deben regresar a la encomienda y enseñar a los demás.
18: Las mujeres embarazadas no deben ser enviadas a las minas ni obligadas a plantar cultivos. Se mantendrán en la finca y se les obligará a realizar tareas domésticas como cocinar y deshierbar. Una vez que nace el niño, puede amamantarlo hasta que tenga tres años. Después de este tiempo, puede regresar a las minas y otras tareas.
19: Los indios no deben dormir en el suelo. Cada encomendero debe proporcionar hamacas a sus indios
20: A los indios se les dará un peso de oro cada año para pagar la ropa.
21: Los indios no pueden cambiar de amos. Un «encomendero» no puede emplear ni albergar a un indio perteneciente a otro «encomendero».
22: A los jefes indios se les permite que dos indios realicen deberes personales por cada cuarenta de sus súbditos. Además, los visitantes de las fincas deben tratar bien a los indios y enseñarles lo que saben del catolicismo.
23: Los inspectores oficiales deben mantener registros de las actividades y también del trato a los indígenas en las «encomiendas». Deben realizar un seguimiento de la población y la cantidad de oro que se extrae.
24: Los indios no deben ser abusados física o verbalmente por ningún motivo.
25: Los indios no deben utilizarse en el comercio privado ni para ningún otro interés económico.
26: Los «encomenderos» que tienen a sus indios trabajando en minas distantes combinarán esfuerzos con otras propiedades para ayudar a proporcionar alimentos a los indios.
27: A los indios de otras tierras también se les debe enseñar las cosas de la fe católica. Deben ser tratados con amabilidad, a menos que sean esclavos.
28: Si muere un encomendero, su sucesor toma el control de los indios.
29: Deben designarse dos inspectores para cada estado.
30: Los inspectores serán elegidos por el almirante, los jueces y los oficiales. Estas personas deberían ser compensadas con indios en encomienda.
31: Las aldeas deben inspeccionarse dos veces al año, una a principios de año y otra en verano.
32: Si hay un indio fugitivo, los inspectores no pueden aprehenderlo. Debe ser entregados a un hombre de buena conciencia que encuentre al encomendero de los indios.
33: Todos los inspectores deben tener una copia de las Leyes de Burgos, firmada por el Gobernador.
34: Los inspectores deben disponer de residencias.
35: Una persona no puede tener más de ciento cincuenta indios y no menos de cuarenta indios en encomienda a la vez.
Se añadieron modificaciones a las Leyes de Burgos el 28 de julio de 1513:
Las mujeres indias casadas con hombres indios no deben ser obligadas a servir con sus maridos en las minas o en cualquier otro lugar a menos que sea por su propia voluntad o que sus maridos deseen tomarlas.
Los niños indios no tienen que hacer el trabajo de los adultos hasta que cumplen los catorce años. Luego se les obliga a realizar las tareas de los niños, como deshierbar o trabajar en las fincas de sus padres.
Las mujeres indias solteras que están bajo la autoridad de sus padres tienen que trabajar con ellas en sus tierras. Aquellos que no están bajo la autoridad de sus padres deben mantenerse separados para que no se conviertan en vagabundos.
Después de dos años de servicio, los indios pueden irse. Para entonces serán cristianos civilizados y adecuados, capaces de gobernarse a sí mismos.
–Los indios son hombres libres y legítimos dueños de sus casas y haciendas
– Los indios no deben ser utilizados como transportistas para transportar cosas a los indios de las minas
– Las mujeres embarazadas no deben ser enviadas a las minas ni a plantar cultivos, una vez que nace el niño puede amamantarlo hasta los 3 años
El primer reconocimiento a la dignidad y libertad de los hombres
Hasta la puesta en vigor de las Leyes, los reyes de “España” era “señores con plena y libre y omnímoda potestad” debido a la bula Inter caetera de 1493 que publica el papa de origen español Alejandro VI, fija un meridiano al oeste del cual todas las tierras halladas y por hallar pertenecen a los reyes de “España”, y fue muy favorable para la monarquía Española ya que la anterior bula decía que sólo las tierras que fueran descubiertas por los castellanos serian de ellos, aunque más tarde una parte del territorio paso a la posesión de Portugal.
En 1495 se pensó permitir la venta de indígenas como esclavos pero tal medida solo duro unos pocos días ya que el 16 abril 1495 la reina Isabel zanjo definitivamente la esclavitud, ordenando a un obispo muy conocido en Burgos Juan Rodríguez de Fonseca que paralizase toda venta de esclavos. Dejo en su testamento “no consientan ni den lugar que los indios reciban agravio alguno en sus personas y sus bienes, mas manden que sean bien y justamente tratados”
Fue un hecho insólito en el mundo porque es el primer reconocimiento a la dignidad y libertad de los hombres, por muy incultos y salvajes que sean.
Hay que tener en cuenta que el descubrimiento de estas tierras no tenía precedente y por tanto se tuvo que hacer una legislación totalmente novedosa, de ahí la importancia de las leyes de Burgos,
Tenemos que tener en cuenta que según la tradición era licito en Castilla hacer esclavos a los enemigos en las guerras contra los moros y más tarde contra los reyes paganos de África o Canarias , si se determinaba que era guerra justa para ponerlos a trabajar o intercambio de prisioneros.
Anímate a descubrir Burgos con guía, y conoce su historia y leyendas.
En nuestras visitas guiadas de Burgos nos transportamos a los orígenes de la ciudad, su repoblación y fundación. Descubrimos las figuras históricas ligadas a la ciudad .
¿ Quién fue Diego Porcelos ?
El Conde Diego Rodríguez «Porcelos» fue el segundo conde de Castilla tras la muerte de su padre Don Rodrigo. El rey Alfonso III el Magno, entre los años 873-885. Le mando repoblar la zona de Burgos y Ubierna.
Disponemos de poca documentación sobre cuando y donde nace, así como el origen de su sobrenombre «Porcelos».
La tradición dice que Diego Porcelos muere en alguna escaramuza entre los muladíes del Ebro y cayó muerto en Cornudilla el 31 de enero del 885.
Fue sepultado en la iglesia del monasterio San Félix de Oca. Este monasterio se situaba próximo a Villafranca Montes de Oca (Camino de Santiago francés). Actualmente solo se conservan restos del ábside de la iglesia y una placa recuerda la posible ubicación de la tumba del conde.
Cuando muere Diego Porcelos, las tierras burgalesas se dividen al menos en tres condados. Entre los años 885 y 931 serán varios los condes que regirán el territorio burgalés, condes que dependerán del rey leonés. En este momento aparece la figura histórica de Fernán González el Buen Conde que hablaremos en otro artículo.
PORQUÉ EL APODO DE PORCELOS
Hay varios estudios y suposiciones del origen de «Porcelos»
La palabra «Porcelos» deriva de la palabra latina procela, que significa borrasca o tempestad. Se puede relacionar con la lucha que tuvo contra los musulmanes.
En el siglo XVI el historiador Ambrosio de Morales estudia que el sobrenombre de «Porcelos» proviene de Porcelli que significa una manada de lechones. Cuenta la leyenda que su madre tuvo un parto de siete hijos, entre ellos Diego. Lo mismo que las puercas que paren siete crías.
Un siglo después el historiador Luis Alfonso de Carvallo asegura que el apellido viene de la localidad asturiana Porcelo situada próximo a Gijón.
FUNDADOR DE LA CIUDAD DE BURGOS
En relación a los Anales Compostelanos mencionan como : «…era DCCCCXXII populavit Didacus Comes Burgos, mandato Aldephonsi Regis».
La fundación de Burgos en el año 884 por el Conde Diego Porcelos lleva a plantear que había núcleos poblacionales anteriores y les dotó de una serie de baluartes defensivos. Estos núcleos o barrios rurales “burgos” dieron el nombre de la ciudad.
El topónimo Burgosprobablemente viene del germánico burg (fortaleza) que derivó en burgus, utilizado para nombrar a las torres defensivas que Diego Porcelos estableció en las colinas que dominaban el enclave.
Burgos se estableció en la confluencia del río Arlanzón con otros menores, como el Pico y el Vena.
Actualmente nos encontramos dos esculturas en honor al fundador de la ciudad. Una se encuentra en la Plaza de Santa Teresa y la otra en el Arco de Santa María.
Descubre Burgos con guía, conoce su historia , tradiciones y su esencia en nuestras visitas guiadas.
Cuando visitamos el Valle del Sedano una de las paradas imprescindibles es descubrir la iglesia de la localidad de Moradillo de Sedano.
Construida en el monte de El Castro, es una de las iglesias románicas más bonitas de la provincia de Burgos donde aparecen modelos similares al segundo maestro de Silos
EXTERIOR
La fachada principal de la Iglesia de Moradillo de Sedano , tiene cinco arcos ciegos apoyadas sobre columnas dobles en sus capitales destaca decoración propia del románico como grifos, arpías, motivos vegetales.
En el lado derecho en la ventana hay una inscripción en números romanos con la fecha de construcción: IN ERA MCCXXVI (1226), la iglesia fue consagrada y termina en el año 1188 restamos los 38 años de la era Augusta. En la parte inferior hay un pelicano, símbolo del amor divino.
La portada románica está protegida por un pórtico del siglo XX. Según accedemos podemos admirar la magnífica representación del Pantocrátor en el tímpano. Sentado sobre un trono con cabezas de monstruos. Alrededor el tetramorfos, y formando el conjunto dos grandes figuras San Pedro y San Pablo. Destacamos la decoración de las tres arquivoltas.
La primera: representa los 24 ancianos del Apocalipsis, la segunda: escenas del Antiguo y Nuevo testamento, y por último, la tercera arquivolta hojas de acanto abiertas de origen copto y bizantino.
Fuera de las arquivoltas dos grandes figuras en pie sobre los hombros de otras que están sentadas
Nos detenemos en la decoración de los capitales donde nos encontramos la influencia del segundo maestro de Santo Domingo de Silos.
INTERIOR
En el siglo XVII, un incendio destruyó el ábside , parte de la nave del evangelio y parte del crucero.
La nave central es bóveda de medio cañón. Destacan sus ricos capitales con arpías, piñas, dados, hojas, acantos aves .
Pero donde se nos van todas las miradas es el pilar con tres columnas adosadas en el muro en forma de zig-zag , que simboliza el fluir del agua, el agua de la vida, el símbolo del bautismo.
En el centro de la cabecera el retablo dedicado a San Esteban pro mártir , la imagen central rodeada de las escenas de la vida del Santo.
En vuestra escapada al Valle del Sedano os recomendamos acercaros a Moradillo de Sedano, si os gusta el románico muy cerca la iglesia de Gredilla de Sedano. Os aseguro que no os dejará indiferentes.
En nuestra entrada de hoy queremos contaros la historia del reloj del Teatro Principal conocido como EL MORITO.
Durante años cientos de burgaleses se han dado cita bajo el reloj el Morito. El origen de este reloj se remonta a 1887.
Se trata de un reloj de dos esferas rematado por un niño al que los burgaleses darían el nombre de «El Morito».
Esta figura de un niño a golpe de carillón, marca a todos vecinos y a todo aquel que le visita los cuartos de cada hora y las enteras.
CREADOR DEL MORITO
Lesmes Villanueva, vivió en Quintaortuño se dedicó a la fundición de campanas, en 1840 era maestro relojero especializado en la construcción de relojes de torre con patente propia. Llegó a instalar más de cien relojes, consiguió convertir su taller en la segunda empresa más importante de España en su género.
Su hijo Manuel Villanueva continúo la labor de su padre y fue el creador del reloj el Morito. Fue un gran artesano de metales, como el bronce y un gran orfebre especializado en fundición. Se dedicaba también a arreglar relojes de torre e incluso patentó un sistema de péndulo regulador para garantizar mayor exactitud en las horas.
Se trasladó de Quintaortuño a Burgos , en un primer momento se instaló en la calle de la Merced nº38. Más tarde decidió trasladarse al Paseo del Espolón en los bajos del teatro principal donde instalo nuestro querido reloj el Morito.
Decidió colocar este reloj en la fachada de su comercio « la relojería Vélez» con la finalidad de que sirviera de reclamo para sus clientes.
Descubre Burgos con guía para conocer las costumbres, anécdotas e historias de la ciudad de Burgos.
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